Obligaciones de Transparencia
Artículo 95
Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y actualizarán en forma permanente la información en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, por lo menos de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado del Estado de Sinaloa.
Artículo 103
Además de lo señalado en el artículo 95 de la LTAIPES, los órganos autónomos deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado del Estado de Sinaloa.
Artículo 104
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado del Estado de Sinaloa.
Tabla de Aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia
Tabla de actualización y conservación de la información de las Obligaciones de Transparencia